sábado, 19 de junio de 2010

El valor de la conciliación

Si bien la conciliación es un medio de solución de controversias generalmente enmarcado dentro de un litigio, no por ello pierde su naturaleza de permitir a los litigantes obtener una salida rápida y efectiva a su conflicto.
Así, el inciso primero del artículo 262 del Código de Procedimiento Civil chileno dispone: “En todo juicio civil, en que legalmente sea admisible la transacción, con excepción de los juicios o procedimientos especiales de que tratan los Títulos I, II, III, V y XVI del Libro III, una vez agotados los trámites de discusión y siempre que no se trate de los casos mencionados en el artículo 313, el juez llamará a las partes a conciliación y les propondrá personalmente bases de arreglo”.

Ahora bien, para lograr dichas bases de arreglo, el juez debe citar a una audiencia en la cual obrará como amigable componedor, tratando de obtener un avenimiento total o parcial del litigio. Además, el juez está facultado para ordenar, de oficio, que se agreguen aquellos antecedentes y medios de prueba que le parezcan pertinentes.

Si se produce una conciliación total o parcial, se levantará un acta que deberá consignar las especificaciones del arreglo; la cual suscribirán el juez, las partes y el secretario del tribunal, y se estimará como sentencia ejecutoriada para todos los efectos legales.

No obstante, si no se logra la conciliación o ésta no es total se deberá continuar con el juicio. En el primer caso se deberá continuar el procedimiento de manera normal y, en el segundo caso, se deberá seguir el procedimiento respecto de aquellos puntos en conflicto sobre los cuales no se hubiere llegado a acuerdo.

Lamentablemente, los abogados, en algunos casos no aprovechan todo el potencial que brinda la conciliación como un medio “negociado” de solucionar un conflicto y prefieren seguir con juicios eternos que muchas veces no satisfacen ni a la parte vencedora ni a la parte vencida.

2 comentarios:

  1. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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  2. oigan no se otro pero cuando uno habla de reconciliacion quiere decir como valor nada q ver con abogados ni na quiere decir que es reconciliacion las partes de eso como se ejerce manera para arreglarlo etc sepan escribir bn esto

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